Impuesto de renta: causarlo, ajustarlo y pagarlo
(Categoría: Contabilidad)
¿Qué es y para qué sirve?
Al terminar el año tu empresa le debe a la DIAN un impuesto sobre las utilidades. Esta pantalla es donde eso queda registrado en tu contabilidad: se anota el gasto del año, queda la deuda pendiente, y luego se va bajando a medida que pagas.
Se entra por Contabilidad → Impuesto de renta.
🔑 Vecipp no calcula el impuesto: el valor lo escribes tú. Y es a propósito — más abajo está el porqué.
¿En qué te beneficia?
- Tu utilidad neta deja de ser mentira. Sin esto, el Estado de resultados te mostraba como "utilidad neta" una cifra que en realidad era la utilidad antes de impuestos. Tomabas decisiones —repartir, reinvertir, pedir un crédito— con un número más alto del real.
- Sabes cuánto le debes a la DIAN sin abrir un Excel. El saldo pendiente está en pantalla y baja solo con cada pago que registras.
- El día de la declaración no hay que reconstruir nada. Queda el comprobante de la causación, el de cada ajuste y el de cada pago, todos en el Libro diario, con su fecha y su número.
- Los pagos parciales son normales y quedan bien. Puedes pagar en varias cuotas y cada una deja su propio comprobante, sin descuadrar la deuda.
¿Cómo funciona?
Son tres cosas distintas, y ninguna dispara a la otra: causar, ajustar y pagar. Tú decides cuándo hacer cada una.
Causar es anotar el gasto del año y dejar la deuda. Se registra con fecha 31 de diciembre del año que estás viendo, porque ese es el día en que el impuesto se devenga, y sale como un comprobante de Provisiones. Solo se puede causar una vez por año: si el valor cambia después, no se vuelve a causar, se registra un ajuste.
Ajustar es corregir la provisión por la diferencia, no por el valor total. Si causaste $10.000.000 y el definitivo es $12.000.000, el ajuste es de $2.000.000, no de $12.000.000. Un número positivo sube la deuda y uno negativo la baja. La fecha la pones tú, y tiene que ser la del período real del ajuste.
Pagar baja la deuda y saca la plata de donde tú digas: la caja o una cuenta de banco. Admite pagos parciales, y nunca te deja pagar más de lo que debes.
🔑 Por qué Vecipp no calcula el impuesto por ti. Porque el resultado contable no es la base gravable. Entre uno y otro están las partidas no deducibles, las rentas exentas, las deducciones especiales, las pérdidas de años anteriores y la renta presuntiva; y la tarifa depende de tu régimen. Un porcentaje aplicado a la utilidad contable daría un número incorrecto que tú declararías. Por eso la pantalla te muestra la utilidad antes de impuestos solo como referencia, y el valor lo escribe tu contador.
Las cuentas no están fijas en el código: salen de tu Parametrización contable. La primera vez que causas, Vecipp las configura solas si aún no lo estaban, emparejándolas por nombre con tu catálogo.
Videotutorial
Video explicativo — próximamente
Qué aprenderás en esta guía
- A registrar el impuesto de renta de un año y entender qué significan las cuatro cifras de arriba.
- A corregir el valor cuando cambia, sin causarlo dos veces.
- A registrar los pagos, completos o parciales, desde caja o desde un banco.
- A encontrar después cada movimiento en tu Libro diario.
Paso a paso
Causar el impuesto del año
- Entra a Contabilidad → Impuesto de renta.
- Arriba está el año. Muévete con las flechas ‹ › hasta el año que vas a registrar.
- Mira el recuadro Cuentas que se van a usar: ahí ves contra qué cuentas va a quedar el registro.
- Escribe el valor en Impuesto de renta a causar.
- Pulsa Causar impuesto.
Queda el comprobante —te dice su número, por ejemplo PV-1—, el estado pasa a Causado, pendiente de pago y el Saldo pendiente se llena.
Corregir el valor
- En Ajuste a la provisión, escribe en Diferencia solo lo que falta o lo que sobra.
- Faltó provisión → número positivo.
- Sobró → número negativo, con el signo menos.
- Pon la Fecha del período al que corresponde el ajuste.
- Pulsa Registrar ajuste.
Cada ajuste queda listado debajo, con su comprobante y su valor.
Registrar un pago
- En Pago, escribe el Valor a pagar. Puede ser una parte.
- En Se paga desde, elige la caja o la cuenta bancaria.
- Pon la Fecha del pago.
- Pulsa Registrar pago.
El Pagado sube, el Saldo pendiente baja, y cuando llegas a cero el estado pasa a Pagado.
Errores comunes
"El impuesto de renta de 2025 ya está causado en el comprobante PV-1" Solo se causa una vez al año. Si el valor cambió, usa Ajuste a la provisión con la diferencia.
"sin configurar en Parametrización" en las cuentas Todavía no tienes configuradas las cuentas de renta. No tienes que hacer nada: al causar por primera vez, Vecipp las empareja con tu catálogo. Si aun así sigue el aviso, entra a Contabilidad → Catálogo de cuentas → Más acciones → Parametrización contable y comprueba que existan las cuentas de Impuesto de renta y complementarios (gasto) y Impuesto de renta y complementarios por pagar (pasivo).
"No se puede causar el impuesto de renta de 2027: ese año todavía no ha terminado" No se provisiona un impuesto de un año que no ha pasado. Muévete al año correcto con las flechas.
"El ajuste dejaría el impuesto causado en negativo" Estás restando más de lo que hay causado. Revisa el signo y el valor: el ajuste va por la diferencia, no por el total.
"El pago supera el saldo pendiente" Estás pagando más de lo que debes. Mira el Saldo pendiente de arriba; si de verdad debes más, primero registra el ajuste que sube la provisión.
"El período está cerrado" La causación, el ajuste o el pago caen en un mes o un año que ya cerraste. Reábrelo en Contabilidad → Configuración → Cierre contable de resultados y vuelve. No corras la fecha a otro período para esquivarlo: el registro quedaría en un año al que no pertenece.
Causé el impuesto y quiero deshacerlo No se puede editar, eliminar ni anular desde el Libro diario, igual que los comprobantes que genera Activos. La corrección se hace con un ajuste, que es como se corrige en contabilidad: dejando rastro.
Qué no hace todavía
- No calcula el impuesto. Es deliberado, no una falta: el valor lo pone tu contador. La utilidad que ves arriba es informativa y no es la base fiscal.
- No hace la conciliación fiscal —partidas no deducibles, rentas exentas, renta presuntiva—, ni presenta la declaración ante la DIAN.
- No lleva anticipos de renta del año siguiente, ni el cálculo del anticipo que pide el formulario de la DIAN.
- No descuenta las retenciones que te practicaron. Hoy el valor que escribes es el impuesto tal cual; si quieres netear las retenciones, hazlo con un ajuste.
- No avisa antes de causar que el año no está cerrado contablemente. Puedes causar sobre un año al que todavía le entren movimientos.